UNIVERSIDAD

Estatuto del Centro de Estudios e Investigaciones sobre Energía y Medio Ambiente, C.R.E.A.

Art. 1 – Constitución, sede, duración

La Universidad Telemática «e-Campus» crea el «Centro de Estudios e Investigaciones sobre Energía y Medio Ambiente», en adelante denominado por brevedad «CREA», que tendrá Centros homólogos también en las otras naciones que deseen participar en el proyecto.

Para Italia, la creación del CREA es promovida por la Facultad de Ingeniería, según y a efectos del art. 21 del Estatuto de la Universidad Telemática e-Campus.

El CREA tiene su sede en Novedrate en la Universidad Telemática e-Campus y dispondrá de oficinas y secretaría independientes.

El CREA tiene autonomía organizativa, funcional, científica, didáctica y financiera, y trabaja en régimen de autofinanciación y de NO PROFIT.

El CREA reconoce y adopta el Estatuto y los Reglamentos dictados y vigentes de la Universidad Telemática e-Campus y deberá coordinarse con las directrices de la Facultad de Ingeniería.

El CREA depende de una única sede central de investigación, proyecto, supervisión y control.

El CREA se crea para una duración de 9 años, que pueden prorrogarse.

Con el objetivo de crear sinergias reales en el ámbito europeo, el CREA tiene la posibilidad de estipular acuerdos con universidades extranjeras que darán vida, en las respectivas naciones, a centros análogos que trabajan según los parámetros dictados por el CREA.

 

Art. 2 – Finalidades y Objetivos

El CREA se propone como centro de estudio de las problemáticas termodinámicas, fluidodinámicas, energéticas, ecológicas, tecnológicas y ambientales de las máquinas y de las instalaciones destinadas a la conversión energética.

El Centro se ocupará además de temáticas correspondientes al estudio y la optimización de las cadenas agro-energéticas, con especial atención a los aspectos logísticos y a sus aspectos económicos y ambientales. Se afrontarán temáticas inherentes a la caracterización territorial por lo que se refiere a la disponibilidad de biomasas residuales (tipos y cantidades) y la implementación de cultivos energéticos en terrenos no destinados a la agricultura.

También serán objetivo del Centro todas las temáticas relacionadas con los sistema de medición y detección de las magnitudes significativas y las encaminadas al control energético y medioambiental, tanto civil como industrial. Este aspecto atañerá tanto a las técnicas de realización de las mediciones como a su validación, así como al proyecto de dichas tecnologías de medición.

El Centro prestará particular atención a la actualización continua incluso de los temas relacionados con la energía y el medio ambiente, favoreciendo la participación en convenios y congresos científicos.

Se estudiarán en particular los temas que atañen a las problemáticas sistémicas de la energía y del medio ambiente en los sistemas complejos de las sociedades industrializadas (SmartCities y Smartgrid).

Las competencias del Centro abarcarán los aspectos de proyecto, de gestión, de diagnóstico, de control, de comprobación del impacto medioambiental, de experimentación y de ensayo, así como el análisis de factibilidad técnico-económica y medioambiental.

El acercamiento a todos estos temas podrá ir de los principios básicos de la conversión energética a las máquinas y las instalaciones destinadas a ésta; de igual forma, en el sector medioambiental se afrontarán todas las temáticas que atañen a la protección de las características naturales a todos los niveles y se estudiarán también las tecnologías de control y de recuperación medioambiental.

Todas las finalidades enumeradas más arriba estarán encaminadas a lograr objetivos tanto de investigación como de aplicación directa a la fase industrial o para la definición de procedimientos o normas técnicas.

Para dichos objetivos, trabajará el número más amplio de sujetos públicos y privados que, apoyando a los investigadores del Centro, podrán poner en marcha también filones autónomos de actividad, siempre inherentes a las finalidades energéticas y medioambientales.

El CREA pretende tener un papel de interlocutor a nivel europeo, para proponer líneas de investigación y medidas de financiación para diversificar e incrementar las herramientas de financiación correspondientes a proyectos encaminados a la producción de energía.

Por último, el CREA se propone también como ente de sensibilización y formación, a través de la promoción y la organización de encuentros, seminarios y mesas redondas sobre los temas concernientes a los ámbitos de acción identificados; la producción de material documental y de publicaciones con valor científico y divulgativo, y la realización de seminarios temáticos.

 

Art. 3 – Actividades y sujetos implicados

Las actividades que se prevén realizar son:

- Investigación y desarrollo incluso experimental sobre los temas tópicos del Centro;

- Estudio y desarrollo de las tecnologías para su transferencia a la fase aplicativa;

- Investigación y estudios de convocatorias y concursos comunitarios, nacionales, regionales y locales para identificar las facilidades que paulatinamente son publicadas en los diferentes sectores de actividad, con asistencia;

- Proyecto y dirección de cursos de ahondamiento en temas y finalidades del Centro, desde seminarios hasta cursos, conferencias y reuniones.

Para lograr dichos objetivos se podrán agregar investigadores y profesores de eCampus o de otras Universidades, Entes y empresas públicas o privadas, otros centros de investigación o estructuras universitarias como Departamentos o Facultades.

El personal que trabaje de forma estable solo será el de eCampus, pero se podrán encargar a otros entes partes de las investigaciones o de los estudios desarrollados por el Centro CREA.

 

Art. 4 – Órganos del Centro

Son órganos del centro:

1. Director científico

2. Coordinador operativo

3. Consejo de coordinación

La duración de los órganos del Centro es trienal.

Si un representante de los órganos del Centro, por cualquier motivo, deja el cargo antes del plazo establecido no afecta la duración ordinaria del propio órgano.

 

Art. 5 – Dirección científica

El Director científico del Centro es elegido por el Claustro entre los profesores asociados al mismo y se proponen como candidatos para su dirección.

El Director científico permanece en el cargo durante 3 años; representa al Centro y nombra al Coordinador operativo del mismo.

El Director científico prepara el programa de las actividades de investigación y el esquema de balance preventivo y de rendición de cuentas consecutivo, y redacta el informe anual sobre las actividades de investigación llevadas a cabo en el Centro.

 

Art. 6 – Coordinador operativo

El Coordinador operativo es nombrado por el Director científico.

El Coordinador operativo se encarga de aplicar el programa anual de las actividades de investigación establecidas con el Director científico.

El Coordinador operativo promueve todas las actividades del Centro y coordina sus servicios, ordena cuanto ocurre en su funcionamiento y supervisa su administración.

 

Art. 7 – Consejo de coordinación

El Consejo de coordinación está compuesto por 5 (cinco) miembros elegidos entre los miembros, esto es, todos los investigadores asociados oficialmente al Centro. Las empresas que apoyan el Centro pueden participar en el Consejo de coordinación con miembros adicionales, como máximo 3.

 

Art. 8 – Investigadores asociados

Al Centro pueden asociarse:

1. Los profesores e investigadores de la Universidad e-Campus, de cualquier Facultad, que declaren su voluntad de participar en las actividades del Centro y cuya solicitud sea aceptada por el Director científico.

2. Expertos de fama nacional e internacional en los ámbitos científicos de interés del Centro.

 

Art. 9 – Fuentes de financiación

El Centro lleva a cabo sus actividades con el objetivo de la autofinanciación sirviéndose de recursos procedentes de:

- Ayudas de la Universidad e-Campus

- Ayudas derivadas de financiaciones comunitarias, nacionales, regionales y locales

- Actividades por cuenta ajena

- Acuerdos y contratos

- Ingresos por la venta de publicaciones

- Ayudas de inscripciones y participación en iniciativas científicas o formativas realizadas por el Centro

- Ayudas individuales

- Actos de solidaridad

El Centro se dotará de un reglamento de gestión de los recursos y de las herramientas financieras disponibles.

 

Art.10 – Auditores de cuentas

Para una gestión correcta de los recursos, el Centro se servirá de la figura de 3 profesionales inscritos en el colegio de Auditores de Cuentas, que deberán encargarse del control de los recursos gestionados.

Los Auditores de Cuentas deberán preparar un informe semestral sobre la actividad llevada a cabo por el CREA, que deberán transmitir al Rector y al Director Científico. Estos últimos tendrán el derecho a cuestionar el informe, con solicitud de comparación ante los Auditores de Cuentas.

Anualmente, los Auditores de Cuentas deberán preparar un informe sobre la actividad llevada a cabo por el CREA y sobre la gestión correcta del mismo bajo el perfil contable, fiscal y jurídico. Este informe deberá ser aprobado por el Claustro en un plazo de 30 días desde su presentación. Si no hay una aprobación en el plazo de 30 días, el informe se considerará aprobado.

El nombramiento tendrá lugar a través del Claustro con una decisión específica.

 

Art. 11 – Disolución del Centro

1. La disolución del Centro tiene lugar en el plazo de vencimiento preestablecido por el Art. 1, salvo que se prevea la disolución anticipada con decisión del Claustro.

2. El patrimonio existente en el momento de la disolución del Centro se devuelve a las facultades promotoras.

 

Art. 12 – Prosecución de las actividades

Como mínimo 4 meses antes del vencimiento final dictado por el Art. 1, el Claustro puede decidir la prosecución de la actividad del Centro más allá de dichos plazos, estableciendo otro diferente.

 

Art. 13 – Normas finales

Se pueden proponer modificaciones de este Estatuto o la admisión en el Centro de nuevas sedes universitarias y después aprobar con decisión del Claustro de la Universidad e-Campus.